DR. CARLOS ALBERTO VÁSQUEZ BOYER
Doctor en Derecho en la Universidad Nacional de Trujillo. Doctorando en
Gestión Pública en la UNT. Magister en Derecho, con mención en Ciencias Penales
en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Ha sido Decano de la Facultad
de Derecho y Ciencias Políticas, periodo 2011-2014, y Decano hasta antes de
asumir el rectorado.
Ha sido elegido en muchas oportunidades como miembro del Consejo de
Facultad. Se desempeñó como: Jefe de Departamento Académico, presidente del
Comité de Autoevaluación y Acreditación de la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas de la UNT, director de la sección de posgrado de Derecho, periodo
2008-2011 y 2013-2016.
Representante de la Universidad Nacional de Trujillo ante el Consejo
Nacional de Política Criminal (CONAPOC) del Ministerio de Justicia. Se
desempeñó como director del Centro de Proyección Social Jurídico Político
(CEPEJUP) de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNT. Director
del Instituto Jurídico Político. Coordinador de Centro de Cómputo de Derecho.
Docente principal titular en los cursos: Derecho Penal y Procesal Penal.
Asesor de Tesis en pre y posgrado en la UNT. Docente de posgrado en: Universidad
Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga,
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Universidad Nacional de Cajamarca y
Universidad Nacional de Piura.
Decano del Colegio de Abogados de La Libertad, periodo 1997-1998.
Reconocimiento y Distinciones: Colegio de Abogados de Lambayeque;
Universidad Nacional San Antonio de Abad del Cusco; miembro honorario de la
Sociedad Peruana de Medicina Legal; Instituto Latinoamericano de Integración y
Desarrollo (ILID); Tercera DIRTEPOL Región La Libertad; Tercera DIRTEPOL
Comisaría de Buenos Aires - Distrito de Víctor Larco Herrera; Colegio de
Abogados de Ica; Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; Municipalidad
Provincial de Huaraz; Diploma de Honor otorgado al ex cadete por su gran
espíritu castillista en el Colegio Militar Ramón Castilla.
El Rector tiene las siguientes atribuciones:
• Convocar y presidir la Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario, así comocumplir y hacer cumplir sus acuerdos. Tiene voto dirimente en caso de empate.
• Designar a los funcionarios de confianza, de conformidad con las leyes de la materia.
• Cumplir y hacer cumplir la Ley Universitaria, el Estatuto, reglamentos y todas las disposiciones legales que correspondan a la Universidad, así como los acuerdos de la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario y las resoluciones del Comité Electoral.
• Dictar medidas extraordinarias para hacer frente a situaciones de emergencia, dentro de su ámbito, con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario, el que puede ratificarlas o desaprobarlas
• Promover el debate y pronunciarse sobre los problemas institucionales, locales, regionales, nacionales e internacionales.
• Asegurar una gestión de gobierno eficiente y eficaz.
• Las demás que la Ley Universitaria establece.
- En caso de ausencia del Rector o del Vicerrector Académico, asumirá el
cargo el Vicerrector de Investigación. En ausencia del Rector y los
Vicerrectores, asumirá el cargo de Rector el decano miembro del Consejo
Universitario con más años de servicios en la docencia.